BANDOS Y/O DECRETOS DE ALCALDÍA

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículo 15.1 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

Los Bandos son emitidos por el Alcalde y tienen por objeto entre otros, hacer un recordatorio a la población del cumplimiento de los deberes ciudadanos o efectuar convocatorias populares con motivo de acontecimientos ciudadanos.

El Decreto de Alcaldía se define como un acto administrativo de contenido normativo reglamentario. Los decretos establecen normas de ejecución de las Ordenanzas, regulan asuntos de orden general y de interés para el municipio.

Apartado en proceso de elaboración, pendiente de su publicación.

Última actualización el viernes, 5 de julio de 2024 a 11:19